1»Eres hijo del SEÑOR tu Dios. No te hagas cortes en la piel ni te rapes la cabeza en honor de un muerto,2porque eres pueblo consagrado al SEÑOR tu Dios. Él te eligió de entre todos los pueblos de la tierra, para que fueras su posesión exclusiva.3»No comas ningún animal abominable.4Los que podrás comer son los siguientes: el buey, la oveja, la cabra,5el ciervo, la gacela, el venado, la cabra montés, el íbice, el antílope y el carnero montés.[1]6Podrás comer cualquier animal rumiante que tenga la pezuña hendida y partida en dos;7pero no podrás comer camello, liebre ni tejón porque, aunque rumian, no tienen la pezuña hendida. Los tendrás por animales impuros.8»El cerdo es también impuro porque, aunque tiene la pezuña hendida, no rumia. No podrás comer su carne ni tocar su cadáver.9»De todos los animales que viven en el agua podrás comer los que tienen aletas y escamas,10pero no podrás comer los que no tienen aletas ni escamas, sino que los tendrás por animales impuros.11»Podrás comer cualquier ave que sea pura,12pero no podrás comer águila, quebrantahuesos, azor,13gallinazo, ni especie alguna de milanos ni de halcones,14ni especie alguna de cuervos,15ni avestruz, lechuza o gaviota, ni especie alguna de gavilanes,16ni búho, ibis, cisne,17pelícano, buitre, cuervo marino18o cigüeña, ni especie alguna de garzas, ni abubilla ni murciélago.19»A los insectos voladores los tendrás por impuros, así que no los comas.20Pero sí podrás comer cualquier animal alado que sea puro.21»No comas nada que encuentres ya muerto. Podrás dárselo al extranjero que viva en cualquiera de tus ciudades; él sí podrá comérselo, o vendérselo a un forastero. Pero tú eres un pueblo consagrado al SEÑOR tu Dios. »No cocines el cabrito en la leche de su madre.[2]
Los diezmos
22»Cada año, sin falta, apartarás la décima parte de todo lo que produzcan tus campos.23En la presencia del SEÑOR tu Dios comerás la décima parte de tu trigo, tu vino y tu aceite, y de los primogénitos de tus manadas y rebaños; lo harás en el lugar donde él decida habitar. Así aprenderás a temer siempre al SEÑOR tu Dios.24Pero, si el SEÑOR tu Dios te ha bendecido y el lugar donde ha decidido habitar[3] está demasiado distante, de modo que no puedes transportar tu diezmo hasta allí,25entonces lo venderás y te presentarás con el dinero en el lugar que el SEÑOR tu Dios haya elegido.26Con ese dinero podrás comprar lo que prefieras o más te guste: ganado, ovejas, vino u otra bebida fermentada, y allí, en presencia del SEÑOR tu Dios, tú y tu familia comeréis y os regocijaréis.27Pero ten en cuenta a los levitas que vivan en tus ciudades. Recuerda que, a diferencia de ti, ellos no tienen patrimonio alguno.28»Cada tres años reunirás los diezmos de todos tus productos de ese año, y los almacenarás en tus ciudades.29Así los levitas que no tienen patrimonio alguno, y los extranjeros, los huérfanos y las viudas que viven en tus ciudades podrán comer y quedar satisfechos. Entonces el SEÑOR tu Dios bendecirá todo el trabajo de tus manos.