1Después habló YHVH a Josué, diciendo:2Habla a los hijos de Israel, y diles: Designad para vosotros las ciudades de refugio, de las cuales os hablé por medio de Moisés,3para que pueda huir allá el homicida que mate a alguien sin intención, sin premeditación, y os sirvan de refugio contra el pariente de sangre.4El que huya a alguna de esas ciudades, se presentará a la puerta de la ciudad y hablará sus palabras a oídos de los ancianos de aquella ciudad, y ellos lo acogerán en la ciudad y le darán lugar para que habite con ellos.5Y si el pariente de sangre lo persigue, no entregarán en su mano al homicida, porque mató a su prójimo sin premeditación, sin haberle aborrecido en días anteriores.6Y deberá permanecer en aquella ciudad hasta que comparezca en juicio ante la comunidad, hasta la muerte del que sea sumo sacerdote en aquellos días. Entonces el homicida podrá regresar e ir a su ciudad y a su casa, a la ciudad de donde había huido.7Entonces hicieron apartar a Quedes en Galilea, en la serranía de Neftalí, a Siquem en la serranía de Efraín, y a Quiriat-Arba (que es Hebrón), en la serranía de Judá.8Y de la otra parte del Jordán, al oriente de Jericó, designaron a Beser, en el desierto, en la llanura de la tribu de Rubén, a Ramot, en Galaad, de la tribu de Gad, y a Golán, en Basán, de la tribu de Manasés.9Estas fueron las ciudades de refugio señaladas para todos los hijos de Israel y para el extranjero que habitara en medio de ellos, para que huyera allá todo aquel que quitara la vida por error, a fin de que no pereciera por mano del vengador de la sangre, antes de haber comparecido ante la comunidad.
Josué 20
Nueva Biblia Viva
Ciudades de refugio
1El SEÑOR le dijo a Josué:2«Dile al pueblo de Israel que designe ahora las ciudades de refugio, como le ordené a Moisés.3Si un hombre mata a otro accidentalmente, puede ir a una de estas ciudades y quedar protegido de los parientes del muerto, que podrían tratar de vengarse y matarlo.4Cuando el homicida accidental llegue a una de estas ciudades, se presentará ante el consejo de la ciudad, les explicará lo sucedido y ellos lo recibirán y le proporcionarán un lugar para vivir en medio de ellos.5Si un pariente del muerto viene a la ciudad con intenciones de matarlo para vengarse, el homicida no podrá ser entregado, porque la muerte fue accidental.6»El hombre que causó la muerte deberá permanecer en la ciudad hasta que haya sido juzgado por todo el pueblo, y deberá vivir allí hasta la muerte del sumo sacerdote que estaba en el oficio en el tiempo del accidente. Entonces quedará libre para regresar a su ciudad y a su hogar».7Las ciudades elegidas como ciudades de refugio fueron: Cedes en Galilea, en la región montañosa de Neftalí; Siquén en las montañas de Efraín y Quiriat Arbá, también llamada Hebrón, en la región montañosa de Judá.8Se designaron también tres ciudades con el mismo propósito al lado oriental del Jordán, frente a Jericó. Estas fueron: Béser en el desierto, en la tierra de la tribu de Rubén, Ramot de Galaad, en el territorio de la tribu de Gad, y Golán en Basán de la tribu de Manasés.9Estas ciudades de refugio acogerían por igual a los extranjeros que vivían en Israel y a los israelitas, haciendo que todo aquel que cometiera un homicidio accidental pudiera huir a ellas para tener un juicio justo y no ser muerto por venganza.