1Habló YHVH a Moisés en el monte Sinay diciendo:2Habla a los hijos de Israel, y diles: Cuando entréis en la tierra que Yo os doy, la tierra guardará reposo para YHVH.3Seis años cultivarás tu campo, y seis años podarás tu viña y recogerás su cosecha,4pero el séptimo año será shabbat de solemne reposo para la tierra, un shabbat para YHVH. No cultivarás tu campo, ni podarás tu viña.5No segarás lo que nazca espontáneamente después de tu cosecha, no recogerás las uvas de tus sarmientos. Año de reposo solemne será para la tierra.6Y el fruto del reposo de la tierra os será para alimento, a ti, a tu siervo, a tu sierva, a tu jornalero y al extranjero que habite contigo,7para tus animales y las bestias que estén en tu tierra, todo su fruto será para comer.8Y contarás para ti siete semanas de años: siete veces siete años, de manera que los días de las siete semanas de años te vengan a ser cuarenta y nueve años.9Y en el décimo día del mes séptimo harás resonar el shofar. En el día de la Expiación haréis resonar el shofar por toda vuestra tierra.10Santificaréis pues el año quincuagésimo, y proclamaréis en la tierra libertad a todos sus habitantes. Será jubileo para vosotros y cada uno volverá a su propiedad, cada uno de vosotros volverá a su familia.11El año quincuagésimo será para vosotros jubileo. No sembraréis ni segaréis lo que brote espontáneo, ni vendimiaréis sus viñedos sin cultivar,12porque es jubileo sagrado para vosotros. Del campo comeréis su fruto.13En este año de jubileo cada uno de vosotros volverá a su propiedad.14Si vendéis algo a vuestro prójimo o compráis algo de mano de vuestro prójimo, no os engañéis mutuamente.15Conforme al número de años después del jubileo, comprarás de tu prójimo, y él te venderá conforme al número de años de las cosechas.16Según aumenten los años, multiplicarás su precio, y según disminuyan los años, disminuirás su precio, porque él te está vendiendo según el número de cosechas.17Ninguno oprima a su prójimo. Temerás a tu Dios, porque Yo soy YHVH vuestro Dios.18Cumpliréis mis estatutos, observaréis mis decretos y los haréis, para que habitéis seguros en la tierra.19Y la tierra dará su fruto, y comeréis hasta la saciedad, y habitaréis en ella con seguridad.20Y si decís: ¿Qué comeremos el séptimo año, puesto que ni hemos de sembrar, ni hemos de recoger nuestras cosechas?21Entonces sabed que en el sexto año Yo ordenaré mi bendición sobre vosotros, y la cosecha producirá para tres años.22Y sembraréis en el octavo año, pero seguiréis comiendo de la cosecha añeja hasta el año noveno, hasta que llegue la cosecha del octavo seguiréis comiendo de lo añejo.23La tierra, pues, no podrá venderse a perpetuidad, porque mía es la tierra, y vosotros sois extranjeros y peregrinos para conmigo.24Por tanto, en toda la tierra de vuestra posesión concederéis redención a la tierra.25Si tu hermano empobrece, y vende una parte de su propiedad, vendrá su redentor, su pariente más cercano, y rescatará lo que haya vendido su hermano.26Y si un hombre no tiene redentor, pero prospera, y su mano alcanza para su rescate,27calculará los años desde su venta, y pagará lo que falta a la persona a quien vendió, y volverá a su propiedad.28Pero si su mano no halla para recuperarlo, lo vendido quedará en mano del comprador hasta el año del jubileo, y en el jubileo quedará libre y volverá a su propiedad.29Si un hombre vende una casa de habitación en una ciudad amurallada, su derecho de rescate durará hasta cumplirse el año de su venta, y podrá redimirla en el término de un año.30Pero si no es rescatada antes de cumplirse un año entero, la casa que esté en la ciudad amurallada quedará a perpetuidad para el comprador y sus generaciones. No quedará libre en el jubileo.31Pero las casas de las aldeas que no tienen muralla alrededor, serán consideradas como una parcela de tierra. Tendrán derecho a rescate y quedarán libres en el jubileo.32En cuanto a las ciudades de los levitas, las casas en las ciudades de su propiedad tendrán derecho permanente de redención para los levitas.33Así que, quien compre de los levitas, liberará en el jubileo la casa vendida en la ciudad que pertenece a los levitas, porque las casas de las ciudades de los levitas son propiedad suya entre los hijos de Israel.34Pero el campo de pasto de sus ciudades no se venderá, porque es propiedad de ellos para siempre.35Si tu hermano empobrece y se halla en penuria a tu lado, tú lo sostendrás, aunque sea extranjero y forastero, para que pueda restablecerse junto a ti.36No tomarás de él usura ni ganancia, teniendo temor de tu Dios, para que pueda restablecerse tu hermano junto a ti.37No le darás tu dinero con usura, ni con ganancia le darás tu alimento.38Yo soy YHVH vuestro Dios, que os saqué de la tierra de Egipto para daros la tierra de Canaán y para ser vuestro Dios.39Si un hermano tuyo llega a ser tan pobre junto a ti que se vende a ti, no lo someterás a trabajo de esclavo.40Como jornalero, como residente estará contigo, y hasta el año del jubileo te servirá.41Entonces saldrá de estar contigo, él y sus hijos, y volverá a su familia y a la propiedad de sus padres.42Porque ellos son siervos míos, a quienes Yo saqué de la tierra de Egipto. No serán vendidos a manera de esclavos,43ni te enseñorearás de ellos con aspereza. Tendrás temor de tu Dios.44Los esclavos y las siervas que tengas provendrán de las naciones paganas que os rodean. De ellas podréis adquirir esclavos y siervas.45También de los hijos de los transeúntes que moran en medio de vosotros, de estos podréis adquirirlos, y de sus familias que hay entre vosotros, los que de ellos hayan nacido en vuestra tierra. De los tales será vuestra posesión,46y los dejaréis en herencia a vuestros hijos después de vosotros como posesión hereditaria. Pero en cuanto a vuestros hermanos, los hijos de Israel, no os enseñorearéis uno sobre otro con aspereza.47Y cuando la mano del extranjero o del transeúnte que mora en medio de ti alcance riqueza, y tu hermano que está con él empobrezca y se venda al extranjero o al transeúnte que mora contigo, o a los descendientes de la familia de un extranjero,48después de vendido le quedará el derecho de redención: uno de sus hermanos deberá redimirlo,49o su tío o un hijo de su tío debe rescatarlo, o algún pariente cercano de su familia debe rescatarlo, o si prospera, él mismo podrá redimirse.50Entonces hará el cálculo con aquel que lo compró, desde el año en que se vendió a él hasta el año del jubileo, y su precio de venta será según el número de años, conforme a los días de un jornalero.51Si aún le quedan muchos años, conforme a ellos devolverá del dinero de su compra para su rescate,52pero si le quedan pocos años hasta el año del jubileo, así los calculará con él, y devolverá su rescate conforme a esos años.53Como quien está a jornal de año en año, así estará con él. No permitirás que éste se enseñoree de él con aspereza delante de tus ojos.54Y si no llegara a ser rescatado de alguna de esas maneras, saldrá libre en el año del jubileo, él, y sus hijos con él,55porque los hijos de Israel son siervos para mí, siervos míos son, a los cuales saqué de la tierra de Egipto. Yo, YHVH vuestro Dios.
Levítico 25
Nueva Versión Internacional (Castellano)
El año sabático
1En el monte Sinaí, el SEÑOR le ordenó a Moisés2que les dijera a los israelitas: «Cuando hayáis entrado en la tierra que os voy a dar, la tierra misma deberá observar un año de reposo[1] en honor al SEÑOR.3Durante seis años sembrarás tus campos, podarás tus viñas y cosecharás sus productos;4pero, llegado el séptimo año, la tierra gozará de un año de reposo en honor al SEÑOR. No sembrarás tus campos ni podarás tus viñas;5no segarás lo que haya brotado por sí mismo ni vendimiarás las uvas de tus viñas no cultivadas. La tierra gozará de un año completo de reposo.6Sin embargo, de todo lo que la tierra produzca durante ese año sabático, podréis comer no solo tú, sino también tu siervo y tu sierva, el jornalero y el residente transitorio entre vosotros.7También podrán alimentarse tu ganado y los animales que haya en el país. Todo lo que la tierra produzca ese año será solo para el consumo diario.
El año del jubileo
8»Siete veces contarás siete años sabáticos, de modo que los siete años sabáticos sumen cuarenta y nueve años,9y el día diez del mes séptimo, es decir, el día del Perdón, harás resonar la trompeta por todo el país.10El año cincuenta será declarado santo, y se proclamará en el país la liberación de todos sus habitantes. Será para vosotros un jubileo, y cada uno volverá a su heredad familiar y a su propio clan.11El año cincuenta será para vosotros un jubileo: ese año no sembraréis ni cosecharéis lo que haya brotado por sí mismo, ni tampoco vendimiaréis las viñas no cultivadas.12Ese año es jubileo y será santo para vosotros. Comeréis solamente lo que los campos produzcan por sí mismos.13»En el año de jubileo cada uno volverá a su heredad familiar.14»Si entre vosotros se realizan transacciones de compraventa, no os explotéis los unos a los otros.15Tú comprarás de tu prójimo a un precio proporcional al número de años que falten para el próximo jubileo, y él te venderá a un precio proporcional al número de años que queden por cosechar.16Si aún faltan muchos años para el jubileo, aumentarás el precio en la misma proporción; pero, si faltan pocos, rebajarás el precio proporcionalmente, porque lo que se te está vendiendo es solo el número de cosechas.17No os explotaréis los unos a los otros, sino que temeréis a vuestro Dios. Yo soy el SEÑOR vuestro Dios.
Consecuencias de la obediencia
18»Poned en práctica mis estatutos y observad mis preceptos, y habitaréis seguros en la tierra.19La tierra dará su fruto, y comeréis hasta saciaros, y allí viviréis seguros.20»Si acaso os preguntáis: “¿Qué comeremos en el séptimo año si no plantamos ni cosechamos nuestros productos?”,21dejadme deciros que en el sexto año os enviaré una bendición tan grande que la tierra producirá como para tres años.22Cuando vosotros sembréis durante el octavo año, todavía estaréis comiendo de la cosecha anterior, y continuaréis comiendo de ella hasta la cosecha del año siguiente.
Leyes sobre el rescate de propiedades
23»La tierra no se venderá a perpetuidad, porque la tierra es mía y vosotros no sois aquí más que forasteros y huéspedes.24Por tanto, en el país habrá la posibilidad de recobrar todo terreno que haya sido heredad familiar.25»En el caso de que uno de tus compatriotas se empobrezca y tenga que vender parte de su heredad familiar, su pariente más cercano rescatará lo que su hermano haya vendido.26Si el hombre no tiene a nadie que pague el rescate a su favor, pero él mismo llega a prosperar y consigue lo suficiente para rescatar su propiedad,27deberá calcular el número de años transcurridos desde la venta y reembolsar el saldo a quien se la haya comprado. Así podrá volver a su propiedad.28Pero, si no consigue lo suficiente para rescatarla, la tierra quedará en posesión del comprador hasta el año del jubileo, cuando el que la vendió la recobrará, y esta volverá a su heredad familiar.29»Si alguno vende una casa en una ciudad amurallada, tendrá derecho a rescatarla durante un año completo a partir de la fecha de venta. Ese es el tiempo que dura su derecho a rescatarla.30Si no rescata la casa antes de cumplirse el año, no se le devolverá en el jubileo, sino que pasará a ser propiedad perpetua del comprador y de sus descendientes.31»Las casas que estén en aldeas sin murallas se considerarán campo abierto, pero podrán rescatarse y se devolverán en el jubileo.32»Los levitas tendrán siempre el derecho de rescatar sus casas en las ciudades de su propiedad.33Si alguno de los levitas hace valer su derecho, la casa que vendió en una de sus ciudades se le devolverá en el jubileo, porque las casas en las ciudades de los levitas son su heredad familiar entre los israelitas.34Pero los campos alrededor de sus ciudades no se venderán, pues son su propiedad inalienable.35»Si alguno de tus compatriotas se empobrece y no tiene cómo sostenerse, ayúdale como lo harías con el extranjero o con el residente transitorio; así podrá seguir viviendo entre vosotros.36No le exigirás interés cuando le prestes dinero o víveres, sino que temerás a tu Dios; así tu compatriota podrá seguir viviendo entre vosotros.37Tampoco le prestarás dinero con intereses ni le impondrás recargo a los víveres que le fíes.38Yo soy el SEÑOR vuestro Dios, que os saqué de Egipto para daros la tierra de Canaán y para ser vuestro Dios.39»Si alguno de tus compatriotas se empobrece y se ve obligado a venderse a ti, no lo hagas trabajar como esclavo.40Trátalo como al jornalero o como al residente transitorio que vive entre vosotros. Trabajará para ti, solo hasta el año del jubileo.41Entonces lo pondrás en libertad junto con sus hijos, y podrán volver a su propia familia y a la heredad de sus antepasados.42Todos los israelitas son mis siervos. Yo los saqué de Egipto, así que no serán vendidos como esclavos.43No serás un amo cruel, sino que temerás a tu Dios.44»Asegúrate de que tus esclavos y esclavas provengan de las naciones vecinas; allí podrás comprarlos.45También podrás comprar esclavos nacidos en tu país, siempre y cuando sean de las familias extranjeras que vivan en medio de vosotros. Ellos serán vuestra propiedad,46y podréis dejárselos a vuestros hijos como herencia para que les sirvan de por vida. En lo que respecta a tus compatriotas, no serás un amo cruel.47»Si un extranjero o un residente transitorio entre vosotros se enriquece, y uno de tus compatriotas se empobrece y tiene que venderse a un extranjero o a un familiar de ese extranjero,48no perderá su derecho a ser rescatado después de haberse vendido. Podrá rescatarlo cualquiera de sus parientes:49un tío, un primo o cualquier otro de sus parientes. Y, si llegara a prosperar, él mismo podrá pagar su rescate.50Él y su dueño calcularán el tiempo transcurrido, desde el año en que se vendió hasta el año del jubileo. El precio de su liberación se determinará en proporción al sueldo de un jornalero por ese número de años.51Si aún faltan muchos años, pagará por su rescate una suma proporcional a la que se pagó por él.52Si solo faltan pocos años para el jubileo, calculará y pagará por su rescate en proporción a esos años.53Vosotros vigilaréis que su dueño lo trate como a los que trabajan por contrato anual, y que no lo trate con crueldad.54»Si tu compatriota no es rescatado por ninguno de esos medios, tanto él como sus hijos quedarán en libertad en el año del jubileo.55»Los israelitas son mis siervos. Yo los saqué de Egipto. Yo soy el SEÑOR vuestro Dios.