4.Mose 35 | La Biblia Textual Nueva Versión Internacional (Castellano)

4.Mose 35 | La Biblia Textual

Ciudades levíticas y ciudades de refugio

1 Habló YHVH a Moisés en las llanuras de Moab, junto al Jordán, frente a Jericó, diciendo: 2 Ordena a los hijos de Israel que de su herencia en propiedad, den a los levitas ciudades en que puedan habitar, y entregaréis también a los levitas los pastizales de las ciudades en torno a ellas. 3 Las ciudades les servirán de morada y los pastizales serán para su ganado, para sus animales domésticos y para todas sus bestias. 4 Los pastizales de las ciudades que daréis a los levitas desde el muro de la ciudad hacia fuera, serán de mil codos en derredor. 5 Mediréis dos mil codos fuera de la ciudad por el límite oriental, dos mil codos por el límite sur, dos mil codos por el límite occidental y dos mil codos por la parte norte, quedando la ciudad en el centro. Esto será de ellos como pastizales para las ciudades. 6 De las ciudades que habéis de dar a los levitas, seis ciudades serán de refugio, las cuales daréis para que se refugie allá el homicida, y, además de ellas, daréis cuarenta y dos ciudades. 7 Todas las ciudades que daréis a los levitas serán cuarenta y ocho, junto con sus pastizales. 8 Las ciudades que daréis provendrán de la propiedad de los hijos de Israel. Del que tiene mucho tomaréis mucho, y del que tiene poco tomaréis poco. Cada uno cederá de sus ciudades para los levitas en proporción de la propiedad que haya heredado. 9 Luego YHVH habló a Moisés, diciendo: 10 Habla a los hijos de Israel y diles: Cuando hayáis pasado el Jordán hacia la tierra de Canaán, 11 os escogeréis ciudades que serán para vosotros ciudades de asilo, adonde pueda refugiarse el homicida que mate a alguno sin intención. 12 Tales ciudades os servirán de refugio frente al vengador, y así el homicida no morirá antes de presentarse a juicio ante la asamblea. 13 Así pues, de las ciudades que daréis, tendréis seis ciudades de refugio. 14 Estableceréis tres ciudades a este lado del Jordán, y otras tres ciudades en la tierra de Canaán, las cuales serán ciudades de refugio. 15 Estas seis ciudades serán para refugio a los hijos de Israel, al extranjero y al que resida entre vosotros, para que allá se refugie todo el que mate a otro sin intención. 16 Pero si lo golpea con instrumento de hierro y muere, es asesino. El asesino será muerto irremisiblemente. 17 Si lo golpea piedra en mano, con que pueda matar, y muere, es un asesino. El asesino será muerto irremisiblemente. 18 Si lo golpea con un instrumento de madera en la mano, que pueda matar, y muere, es un asesino. El asesino será muerto irremisiblemente. 19 El vengador de la sangre, él mismo matará al asesino. En el momento en que lo encuentre, lo matará. 20 Y si por odio lo empuja, o lanza algo contra él deliberadamente, y muere, 21 o si por enemistad lo golpea con el puño y muere, el agresor será muerto sin remisión. Es asesino, y el vengador de la sangre matará al asesino cuando lo encuentre. 22 Pero si casualmente, sin enemistad, lo empuja o lanza sobre él cualquier objeto sin premeditación, 23 o bien sin verlo hace caer sobre él alguna piedra, por la que pueda causar la muerte, y muere, no siendo su enemigo ni procurando su mal, 24 entonces la asamblea juzgará entre el que ha herido y el vengador de la sangre según estas leyes. 25 Así la asamblea librará al homicida de la mano del vengador de la sangre, y la asamblea hará que vuelva a su ciudad de refugio, donde se había refugiado, y allí habitará hasta la muerte del sumo sacerdote, a quien se ungió con el aceite del Santuario. 26 Pero si el homicida sale fuera del límite de su ciudad de refugio, a donde se había refugiado, 27 y el vengador de la sangre lo encuentra fuera del límite de su ciudad de refugio, y el vengador de la sangre mata al homicida, no será culpable de sangre, 28 pues aquél debió habitar en su ciudad de refugio hasta que hubiera muerto el sumo sacerdote. Sólo después de la muerte del sumo sacerdote, el homicida podrá regresar a la tierra de su propiedad. 29 Estas cosas os serán por estatuto de juicio en vuestras generaciones venideras, en todos vuestros asentamientos. 30 Cualquiera que mate a alguno, por el testimonio de testigos se hará morir al homicida, pero el testimonio de un solo testigo no bastará para que una persona muera. 31 No aceptaréis rescate por la vida del homicida, porque es culpable de muerte. Será muerto irremisiblemente. 32 No aceptaréis rescate del que habiéndose asilado en su ciudad de refugio, vuelve para habitar en su tierra antes de la muerte del sacerdote. 33 No profanaréis la tierra en la cual estáis, porque la sangre profana la tierra, y la tierra no será expiada de la sangre que fue derramada en ella, excepto por la sangre del que la derramó. 34 No contaminarás la tierra donde vosotros habitáis, en medio de la cual Yo habito, porque Yo, YHVH, habito en medio de los hijos de Israel.

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Nueva Versión Internacional (Castellano)

Ciudades levíticas

1 En las llanuras de Moab, cerca del Jordán, a la altura de Jericó, el SEÑOR le dijo a Moisés: 2 «Ordénales a los israelitas que, de las heredades que reciban, entreguen a los levitas ciudades donde vivir, junto con las tierras que rodean esas ciudades. 3 De esta manera los levitas tendrán ciudades donde vivir y tierras de pastoreo para su ganado, rebaños y animales. 4 »Las tierras de pastoreo que entreguéis a los levitas rodearán la ciudad, a quinientos metros* de la muralla. 5 A partir de los límites de la ciudad, vosotros mediréis mil metros* hacia el este, mil hacia el sur, mil hacia el oeste y mil hacia el norte. La ciudad quedará en el centro. Estas serán las tierras de pastoreo de sus ciudades. 6 »De las ciudades que recibirán los levitas, seis serán ciudades de refugio. A ellas podrá huir cualquiera que haya matado a alguien. Además de estas seis ciudades, les entregaréis otras cuarenta y dos. 7 En total, les daréis cuarenta y ocho ciudades con sus tierras de pastoreo. 8 El número de ciudades que los israelitas entreguéis a los levitas de la tierra que vais a heredar deberá ser proporcional a la heredad que le corresponda a cada tribu. Es decir, de una tribu numerosa se tomará un número mayor de ciudades, mientras que de una tribu pequeña se tomará un número menor de ciudades».

Ciudades de refugio

9 El SEÑOR le ordenó a Moisés 10 que les dijera a los israelitas: «Cuando crucéis el Jordán y entréis a Canaán, 11 escoged ciudades de refugio adonde pueda huir quien inadvertidamente mate a alguien. 12 Esa persona podrá huir a esas ciudades para protegerse del vengador. Así se evitará que se mate al homicida antes de ser juzgado por la comunidad. 13 »Seis serán las ciudades que reservaréis como ciudades de refugio. 14 Tres de ellas estarán en el lado este del Jordán y las otras tres, en Canaán. 15 Estas seis ciudades les servirán de refugio a los israelitas y a los extranjeros, sean estos inmigrantes o residentes. Cualquiera que inadvertidamente dé muerte a alguien podrá refugiarse en estas ciudades. 16 »Si alguien golpea a una persona con un objeto de hierro, y esa persona muere, el agresor es un asesino y será condenado a muerte. 17 »Si alguien golpea a una persona con una piedra, y esa persona muere, el agresor es un asesino y será condenado a muerte. 18 »Si alguien golpea a una persona con un pedazo de madera, y esa persona muere, el agresor es un asesino y será condenado a muerte. 19 Corresponderá al vengador matar al asesino. Cuando lo encuentre, lo matará. 20 »Si alguien mata a una persona por haberla empujado con malas intenciones, o por haberle lanzado algo intencionalmente, 21 o por haberle dado un puñetazo por enemistad, el agresor es un asesino y será condenado a muerte. Cuando el vengador lo encuentre, lo matará. 22 »Pero podría ocurrir que alguien sin querer empuje a una persona, o que sin mala intención le lance algún objeto, 23 o que sin darse cuenta le deje caer una piedra, y que esa persona muera. Como en este caso ellos no eran enemigos, ni hubo intención de hacer daño, 24 será la comunidad la que, de acuerdo con estas leyes, deberá arbitrar entre el acusado y el vengador. 25 La comunidad deberá proteger del vengador al acusado, dejando que el acusado regrese a la ciudad de refugio adonde huyó, y que se quede allí hasta la muerte del sumo sacerdote que fue ungido con el aceite sagrado. 26 »Pero, si el acusado sale de los límites de la ciudad de refugio adonde huyó, 27 el vengador podrá matarlo, y no será culpable de homicidio si lo encuentra fuera de la ciudad. 28 Así que el acusado debe permanecer en su ciudad de refugio hasta la muerte del sumo sacerdote. Después de eso podrá volver a su heredad. 29 »Esta ley regirá siempre sobre todos tus descendientes, dondequiera que viváis. 30 »Solo por el testimonio de varios testigos se le podrá dar muerte a una persona acusada de homicidio. Nadie podrá ser condenado a muerte por el testimonio de un solo testigo. 31 »No aceptarás rescate por la vida de un asesino condenado a muerte. Tendrá que morir. 32 »Tampoco aceptarás rescate para permitir que el refugiado regrese a vivir a su tierra antes de la muerte del sumo sacerdote. 33 »No profanes la tierra que habitas. El derramamiento de sangre contamina la tierra, y solo con la sangre de aquel que la derramó es posible hacer expiación en favor de la tierra. 34 »No profanes la tierra donde vives, y donde yo también vivo, porque yo, el SEÑOR, habito entre los israelitas».